PLANIFICACIÓN

Implantación del plan de prevención

Plan de Prevención de Riesgos


 

Una vez realizada la Evaluación Inicial de Riesgos, el siguiente paso que deben llevar a cabo los empresarios, con la participación y consulta de los trabajadores o sus representantes, en cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, es realizar una Planificación de las Actividades Preventivas a llevar a cabo, para controlar y reducir los riesgos, que se hayan detectado en la evaluación y que no puedan ser eliminados.

Empresas Obligadas a someterse a una AUDITORIA EXTERNA:

  • Todas las que no hayan concertado su actividad preventiva con un servicio de prevención ajeno.
  • Empresas que establecen una actividad preventiva mixta.
  • Las Empresas de hasta 6 trabajadores, cuya actividad no esté incluida en el Anexo I del SPRL, en las que las funciones de prevención hayan sido asumidas por el Empresario o por 1 o más trabajadores designados, y no se hayan acogido a los dispuesto en el Anexo II del RSP.

 

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